Completando la ultima entrada sobre prestaciones por desempleo , .. hay que señalar que el Tribunal Supremo ha relajado las condiciones de acceso a la Renta Activa de Inserción por parte de las mujeres victimas de violencia de genero , por otra parte lógico ,y razonable .
El Tribunal Supremo ha obligado al Servicio Público Estatal de Empleo, el antiguo INEM, a conceder el subsidio de desempleo incluido en la renta activa de inserción a una víctima de violencia de género que no tenía orden de protección, pero sí una resolución judicial que prohibía a su agresor acercarse a ella.
Hasta ahora la legislación exigía para que una persona víctima de violencia de genero accediera a la RAI : :
"Acreditar la condición de víctima de violencia de género o víctima de violencia doméstica mediante orden de protección o informe del Ministerio Fiscal o, en su caso, certificación de los Servicios Sociales de la Administración competente o del centro de acogida, por resolución judicial."
Con esta sentencia se da da por acreditada la condición de víctima de violencia de genero por la orden de alejamiento, un cambio a tener en cuenta a partir de ahora.
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